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borja olaizola
Sábado, 11 de febrero 2017, 19:09
El móvil es lo más parecido a un campo de minas para quienes tienen una doble vida sentimental. Por muchas precauciones que se adopten, las huellas de la infidelidad terminan colándose por el rincón más insospechado. Que se lo digan si no a un empresario de la Costa Azul francesa que ha llevado a Uber a los tribunales porque el uso de la aplicación alertó a su esposa de la relación que tenía con otra mujer. El empresario hace responsable a la empresa estadounidense de su divorcio y le pide una indemnización de 45 millones de euros.
La causa, que se juzgará el mes que viene en un tribunal de la localidad provenzal de Grasse, tiene su origen en una solicitud hecha a Uber para cubrir un desplazamiento. El empresario recurrió al iPhone de su esposa para efectuar la petición identificándose con su propia cuenta. Una vez desconectado, el móvil siguió recibiendo notificaciones de sus movimientos. Aunque las nuevas peticiones a Uber las hacía con su propio iPhone, datos como el nombre del chófer, la hora de la llegada o la matrícula seguían llegando al móvil de su esposa sin que él tuviese conocimiento de ello.
La información que recibía levantó las sospechas de su mujer. Hizo unas cuantas pesquisas, ató cabos sueltos y llegó a la conclusión de que su marido tenía otra relación. El paso siguiente fue pedirle el divorcio. Ahora el empresario culpa a Uber de la ruptura matrimonial y le reclama nada menos que 45 millones de euros en concepto de indemnización. El fundamento técnico de la demanda, dada a conocer esta misma semana por Le Figaro, sería un error de la aplicación, que sigue enviando información al móvil desde el que se ha hecho la primera solicitud sobre los desplazamientos que se encargan desde otro teléfono. No son notificaciones concluyentes como la localización en tiempo real o el destino exacto, pero sí lo suficientemente reveladoras como para activar las alertas cuando las cosas no están demasiado claras.
Uber se suma de esa forma, un tanto rocambolesca, a la larga lista de aplicaciones que han sacado a la luz infidelidades conyugales. Los abogados especializados en divorcios se han acostumbrado en los últimos años a lidiar con una casuística en la que casi siempre suele haber un móvil de por medio. Un estudio de la Academia de Abogados Matrimonialistas de Estados Unidos indica que uno de cada cinco divorcios tiene que ver con sospechas sobre la pareja alimentadas por mensajes en Facebook. Otro informe en la misma línea de los letrados italianos concluye que Whatsapp tiene que ver con el 40% de las separaciones por infidelidad. Incluso hay quien se ha atrevido a poner cifra a los matrimonios rotos a consecuencia de esa aplicación: 28 millones.
Más que fisgar
El derecho no ha tenido más remedio que adaptarse a la nueva situación. A lo largo de los últimos años ha habido un goteo de sentencias que han sentado jurispudencia y que han servido a los abogados como referencia para guiarse en el siempre proceloso océano de las nuevas tecnologías. Una de las más sonadas fue la que condenó a un marido por espiar el móvil de su mujer con el propósito de recopilar pruebas de su infidelidad que le favoreciesen en el pleito que dirimía su divorcio. Los hechos ocurrieron en 2004 en Gerona. El hombre cogió el iPhone 4 de su esposa, introdujo la contraseña y descargó un archivo de un correo electrónico en el que había una foto de su mujer con otro hombre. Luego entró en un chat de mensajería donde había varias conversaciones entre las dos personas de la imagen.
El juez impuso al acusado una condena de dos años y medio de cárcel y una multa de seis euros diarios durante 19 meses al considerar que había quebrantado la intimidad de su mujer. Lo que hizo el marido al espiar el móvil de su esposa, indicaba el magistrado en la sentencia, no fue «un mero fisgoneo, o una visión fugaz o momentánea del contenido privado, sino que se ha hecho el acusado con el adecuado soporte material de captación del contenido». Frente a las alegaciones del marido, que declaró que el móvil de su mujer solía ser utilizado por toda la familia, el juez argumentó que el ámbito familiar o matrimonial no excluye la privacidad, ni permite «violar el derecho fundamental a la intimidad que, como persona, tiene el otro cónyuge».
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