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La Fiscalía no va a mover un milímetro su posición en la causa de las prejubilaciones y los planes de pensiones diseñados y suscritos por antiguos altos cargos de Caja Segovia. El último golpe de timón dado por la jueza que instruye el caso no afecta ni modifica un ápice la tesis que ha venido defendiendo el Ministerio Público. El fiscal jefe de la Audiencia de Segovia, Antonio Silva, deja claro que su departamento «ya ha estudiado el asunto en profundidad». Su opinión, además, también ha sido expuesta y ratificada en dos juntas de fiscales, recuerda Silva. Así pues, «sigue sin haber elementos suficientes» para apreciar al existencia de un delito, incide el responsable fiscal.
No es la primera, ni la segunda ni la tercera vez que Antonio Silva reitera este posicionamiento. Hagamos un poco de memoria. En marzo del año pasado, el titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 emitió un auto en el que encausaba a seis de los investigados por las prejubilaciones millonarias de la extinta entidad de ahorros. El magistrado daba así por finalizada la instrucción tras la práctica de las diligencias que se habían estimado pertinentes y útiles. El fiscal, entonces, ya anticipó que en el escrito de calificación iba a solicitar el archivo del caso al concluir que no hubo delitos de administración desleal o de apropiación indebida por parte de los seis exdirectivos.
Con anterioridad, la Audiencia Provincial había rechazado una propuesta de sobreseimiento instada por el propio Juzgado número 2, que había acordado en junio de 2016 el archivo de la causa debido a la «atipicidad penal de los hechos denunciados e investigados», es decir, que en el Código Penal la actuación de los altos cargos al otorgarse 34 millones de euros (17 en prejubilaciones y el resto en planes de pensiones) no recoge ningún tipo que pueda ser aplicado a este caso y que el acuerdo del consejo de la desaparecida caja es legal. Otra cosa es que pueda ser objeto de una reprobación moral o ética, pero esto, afirmaba, no le corresponde al juzgador, sino a la sociedad.
Pocos días después de aquel primer auto de sobreseimiento libre y provisional, el fiscal jefe compareció ante los medios de comunicación para repasar la situación en la que se hallaba el proceso. Antonio Silva aseveró entonces que el profuso estudio realizado por la fiscal Pilar Orleta había concitado el acuerdo unánime de la Junta de Fiscales, celebrada el 22 de junio de 2016. En él, mostraba su conformidad con la resolución del juez, por lo que respaldaba la petición de archivo.
«No hay concurrencia de elementos objetivos ni subjetivos» que califiquen de delito penal la conducta de los exdirectivos de Caja Segovia que vieron incrementadas sus indemnizaciones». Con esta afirmación, el fiscal jefe subrayaba hace un año y medio que el análisis era «puramente jurídico y penal porque no se está valorando una cuestión ética o moral». Eso sí, matizaba una vez más, como ya había hecho en una entrevista concedida a El Norte de Castilla, que el hecho de que no se hayan encontrado indicios de delito en el marco jurisdiccional «no quita que personalmente uno piense que sea reprobable desde el punto de vista moral». En dicha comparecencia, el Ministerio Público aceptaba que a pie de calle, «tamaño disparate, además en plena crisis, pueda ser ofensivo en el fuero interno», en alusión implícita al modo en que obraron los altos cargos que se repartieron unos 34 millones.
La fiscal Orleta, por su parte, asentaba su opinión en la documentación aportada por el FROB y el Banco de España. Según el Ministerio Público, Caja Segovia estuvo sometida a sus controles sin que detectaran irregularidades, por lo que tampoco se tomaron medidas.
A pesar de esos argumentos, el propio Antonio Silva ha manifestado en distintas ocasiones albergar «la seguridad moral, otra cosa es la jurídica, de que habrá sentados en el banquillo en el caso de las prejubilaciones». Siempre se ha referido a este caso como paradigmático del dilema entre lo éticamente reprobable y lo legal. La apreciación no es baladí. Guarda cierta consonancia con lo que también ha venido esgrimiendo el representante legal del expresidente del consejo de administración de Caja Segovia, Atilano Soto. El prestigioso penalista Luis Rodríguez Ramos ha declarado que «unas prejubilaciones jugosas generen envidia no significa que sean ilegales».
Ahora, la jueza titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 y de lo Mercantil ha atendido las peticiones de las acusaciones, sin considerar la solicitud de sobreseimiento del Ministerio Fiscal, y ha decretado, mediante auto la apertura de juicio oral contra la cúpula directiva (exconsejeros y exdirectivos) en el caso de las prejubilaciones aprobadas en 2011. Entiende que cabe enjuiciarles por un presunto delito de apropiación indebida agravado y, según los casos, otro de administración desleal.
Antonio Silva no oculta que la actuación de los antiguos altos cargos de la entidad de ahorros «pueda haber incurrido en una inmoralidad para quienes están en una charla de bar, y que sea repudiable y discutible socialmente». El fiscal jefe provincial apostilla que el Ministerio Púbico no se va a apear de la petición de sobreseimiento fundamentado en todas las conclusiones extraídas a lo largo de un proceso que se extiende desde el año 2011, cuando entonces Unión Progreso y Democracia (UPyD) denunciara ante los tribunales el caso.
El fiscal reflexiona sobre la deriva del procedimiento judicial y el derrotero social paralelo. «Estas acciones populares parecen estar de moda, se reúnen cuatro amiguetes y pueden acusar al Papa de haber cometido, no sé, un acoso sexual por ejemplo». Al final, esa presión externa puede conducir a que «un juez determinado, en una situación determinada acoja la tesis de la acusación popular», se lamenta Silva.
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