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César Blanco Elipe
Sábado, 16 de agosto 2014, 12:27
La polémica no es nueva, pero sí lo es la pirueta judicial que ha dado la controversia que envuelve desde hace años a la pista polideportiva de Zamarramala. Una sentencia emitida por el Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Segovia estima el recurso interpuesto por un vecino del barrio incorporado contra el Instituto Municipal de Deportes (IMD), que desestimó en su día la solicitud del demandante de trasladar o retirar la cancha construida en la calle Magdalena. El vecino amparó su recurso en que las instalaciones de carácter deportivo se habían emplazado en «una zona residencial, lo que provoca ruidos y molestias considerables», según recoge el fallo. Para el demandante, esa infraestructura «vulnera la legalidad».
Por su parte, el Ayuntamiento replicó que las cuestiones contenciosas alegadas en el recurso eran de «índole civil, por lo que no podían ser analizadas por la administración, ya que ésta únicamente realiza un control de la legalidad urbanística».
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En los fundamentos de derecho de la sentencia, el magistrado titular no pone en duda el empleo deportivo de la parcela dada la calificación de usos comunitarios. Tampoco se cuestiona la necesidad de autorización o de licencia ambiental. El dilema se planeta en la vulneración del derecho de los vecinos colindantes a la cancha al «adecuado descanso», cuestión que se enmarca a su vez en el derecho a la vida privada y el de la «integridad física y moral».
Pruebas que lo acreditan
En el capítulo de argumentos sobre los que se fundamenta su fallo, el magistrado concluye que la prueba practicada para comprobar si la actividad en la pista turba el descanso en los domicilios adyacentes, y en concreto en el del demandante, «acredita la existencia de molestias derivadas de los ruidos procedentes de la actividad polideportiva».
La polémica no es nueva. Como recoge la sentencia, ya entre los años 2009 y 2011 algunos residentes del barrio incorporado y la propia Asociación Vecinal Pinilla trasladaron el problema al Ayuntamiento de la capital. Además de los ruidos, aquellas quejas también advertían de la rotura de cristales y de balonazos sufridos por viandantes que pasaban cerca de la pista. Entonces, el IMD respondió a las reivindicaciones y propuso un emplazamiento alternativo para acallar las quejas. La idea era mantener la instalación pero compatibilizar la utilización deportiva y el descanso vecinal.
Incluso se planteó el desmontar la cancha, quitarla y llevarla fuera del barrio incorporado. Aquello encendió nuevas protestas. Cuando se tuvo conocimiento de esta intención, hubo asociaciones de Zamarramala que pidieron que se diera marcha atrás. Muchos no querían la desaparición de la pista del barrio incorporado ni que se trasladara a Fuentemilanos. La retirada se paralizó por problemas con la titularidad del nuevo terreno. Una parte pertenecía a la Diputación y la otra al Ayuntamiento.
En una reunión celebrada hace tres años con el concejal de Deportes, Javier Arranz, se acordó mantener la cancha en la ubicación de la calle Magdalena, pero reformarla sustituyendo las vallas por otras menos ruidosas e instalando un cerramiento. Esta petición fue reiterada por la asociación vecinal en el encuentro que mantuvieron sus representantes con algunos miembros del equipo de Gobierno municipal tras la asunción de la Alcaldía por parte de Clara Luquero.
Activado un protocolo
La sentencia insta al Consistorio a cumplir con la Ley de Ruidos de Castilla y León y le conmina a adoptar las «correcciones necesarias en la instalación eliminando aquellas actividades que provoquen los ruidos una inmisión ilícita en esta materia para terceros». El edil asegura que ya se están tomando medidas. En concreto, se está activando un protocolo para las mediciones oficiales en las que estará presente un perito de la parte demandante, detalla Arranz. Pero el fallo va más allá.
El juez obligaría al Consistorio a trasladar la pista de lugar si le resulta imposible cumplir con la legislación regional. Además, «solo permitirá la celebración deportiva en horario diurno, dado que se señala que no hay actividad en horario nocturno».
En esta línea, el fallo impide el empleo de la cancha fuera del horario preestablecido y acuerda la vigilancia por parte de la Policía Local. El concejal también expresa que ese control ya se está llevando a cabo, aunque matiza las dificultades de personal que conlleva la vigilancia constante y permanente de todas las pistas al aire libre que existen.
La pista se instaló «en comunión entre los vecinos y el Ayuntamiento. Siempre he dicho que si los vecinos quieren que siga, seguirá; pero si hay juzgado que nos obliga a quitarla, la desmontaremos». El concejal de Deportes apuntala que «a día de hoy no hay constancia de que se excedan los niveles de ruido». Asimismo, indica que la Policía Local ya suele controlar los horarios actividad de la cancha.
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