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ARTURO POSADA
Viernes, 21 de marzo 2014, 15:15
El concurso de acreedores del Real Valladolid sigue sometido a todo tipo de tensiones. Sin alcanzar aún un acuerdo singular con la Agencia Tributaria, el club blanquivioleta se ve sobresaltado ahora por la impugnación de José Óscar Flores Bringas, más conocido como el Turu Flores. A través de sus representantes legales, el exfutbolista blanquivioleta ha presentado una demanda incidental ante el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valladolid en la que pide el magistrado Javier Escarda de la Justicia que no apruebe judicialmente el convenio al que se adhirieron mayoritariamente los acreedores ordinarios. Por otra parte, la Seguridad Social, a través de la subdirectora provincial de recaudación ejecutiva, Isabel Alonso Cuesta, ha remitido un documento al mismo juzgado para subsanar un error en la deuda que mantiene el club con este organismo. A 6 de marzo de 2014, esa cantidad se fija finalmente en algo más de 1,5 millones de euros (1.575.909,36 euros exactamente).
En el caso del Turu Flores, la procuradora Ana Isabel Escudero Esteban entiende en un escrito firmado también por el abogado Antonio F. Gómez Sánchez que "no es posible pactar un calendario diferenciado de pago para acreedores de menos de 250.000 euros y otro, mucho más perjudicial, sometido, además, a las eventualidades de la gestión de la sociedad, para los acreedores con un crédito mucho mayor". El juez Javier Escarda de la Justicia admitió a trámite la demanda el pasado 21 de febrero de 2014. El Real Valladolid cree que esta reclamación no prosperará.
Los acreedores ordinarios a los que el club adeuda cantidades superiores a los 250.000 euros deben someterse obligatoriamente a una quita del 70% y un plazo de ocho años para cobrar el 30% restante. Si los créditos son inferiores a 250.000 euros pueden optar por una quita del 80% y un cobro en un solo plazo el próximo verano. El concurso de acreedores reconoció al Turu Flores un crédito ordinario de 423.725 euros y un crédito subordinado de 89.009 euros.
La procuradora del Turu Flores ha formulado "oposición a la aprobación judicial del convenio por infracción legal". Ana Isabel Escudero entiende que se vulnera el artículo 100 de la Ley Concursal y el principio de la 'pars conditio creditorum' al establecer mejores condiciones para unos acreedores que para otros.
"No es posible establecer una quita del 70% y una espera de ocho años para los acreedores con un crédito de mayor de 250.000 euros, espera que, además, en caso de descensos puede incluso extenderse bastantes años más, con la incerteza, además, que crea la eventual o posible desaparición o liquidación de la entidad", figura en el escrito remitido al Juzgado donde se resalta la "evidente infracción de la igualdad de trato".
"No existe razón o justificación objetiva alguna para esta diferenciación, que supone trato diferenciado para los acreedores con mayor crédito pendiente, que esta parte entiende absolutamente vedado en nuestra Ley Concursal", continúa la demanda. "Si la justificación que se pretende es que no existe liquidez para el pago de esa cantidad a todos los acreedores ordinarios, deberían haber sido establecidos mecanismos de compensación para todos, y haber distribuido las cantidades de forma igualitaria entre todos los acreedores".
Además, los representantes legales del Turu Flores recurren la jurisprudencia del Tribunal Supremo (en una sentencia con fecha de 24 de junio de 1991) para recordar que "el fin principal del concurso de acreedores regido por los principios de universalidad y 'par conditio creditorum' es conseguir la igualdad entre los acreedores no privilegiados". "Consideramos frustrada esta igualdad si con la aprobación judicial de este convenio se atribuyen derechos diferentes a los acreedores ordinarios en función del importe o a las cuantías de su crédito".
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