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Afectados por las cláusulas suelo de las hipotecas protestan frente a los juzgados de Miranda de Ebro. / Avelino Soto
El azar judicial mantiene a miles de hipotecados atados a las cláusulas suelo de sus préstamos
VIVIENDA / TRIBUNALES

El azar judicial mantiene a miles de hipotecados atados a las cláusulas suelo de sus préstamos

La disparidad de criterios en los tribunales provoca agravios comparativos entre los afectados

Á. BLANCO

Lunes, 17 de marzo 2014, 17:21

Para unos son abusivas, mientras que para otros se trata de condiciones perfectamente legales. Unos y otros son jueces. También hay un tercer grupo, que opta por no mojarse. Las conocidas como cláusulas suelo que impiden a quienes las tienen en sus hipotecas beneficiarse de las bajadas de los tipos de interés a partir de un tope, no solo están en el punto de mira de consumidores y supervisores por el debate abierto sobre su continuidad, sino que se han convertido en una fuente de agravios comparativos. Hace unos meses, algunas entidades (BBVA, Cajamar y NovaGalicia, entre ellas) optaron por retirarlas de sus contratos, pero otras las mantienen contra viento y marea.

Diversas sentencias de juzgados de toda España (Madrid, Barcelona, Bilbao, Alicante...) han anulado este tipo de cláusulas con el argumento de que producen un desequilibrio entre las partes y han obligado a los bancos a eliminarlas de los contratos, así como a devolver a los clientes las cantidades indebidamente cobradas. Las entidades prestamistas, argumentan estos jueces, que son una inmensa mayoría entre los que hasta la fecha se han pronunciado, obtienen una posición más ventajosa frente a unos clientes que no gozan de la misma protección en caso de una variación al alza del índice de referencia.

Otras resoluciones judiciales encuentran que las cláusulas suelo están previstas en la normativa sobre transparencia bancaria, que no son impuestas a los solicitantes del préstamo y tampoco son condiciones generales de la contratación, sino elementos que configuran el precio final de las hipotecas. Además, sostienen, su aceptación es libre y voluntaria. Si bien son mucho menos numerosas que las emitidas en sentido contrario, las sentencias que dan la razón a los bancos no ven probado que las cláusulas sean oscuras o poco comprensibles, ni tampoco que los empleados del banco proporcionaran a los cliente una información deficiente o incompleta antes de la firma de la escritura.

Sentencia abierta

La resolución emitida en mayo del año pasado por el Tribunal Supremo no sirvió precisamente para aclarar la confusión al respecto u homogeneizar los enfoques. La sentencia del Supremo argumentaba que las cláusulas suelo son «lícitas siempre que su transparencia permita al consumidor identificar la cláusula como definidora del objeto principal del contrato y conocer el real reparto de riesgos de la variabilidad de los tipos». Venía a decir que los consumidores deben ser informados de que, cuando el tipo de interés baja a determinados niveles, la hipoteca se transforma en préstamo a interés fijo, variable solo al alza, y dejan de aplicársele las bajadas del índice de referencia. A la vez, consideraba nulas las cláusulas solo cuando se hubiese creado «la apariencia» de un contrato de préstamo a interés variable en el que las bajadas del índice de referencia repercutirían en una disminución del precio del dinero.

Además, en su exposición el Tribunal Supremo establecía que el pronunciamiento «no comporta la devolución de las cantidades que ya han sido satisfechas».

En Valladolid, el Juzgado de lo Mercantil, único órgano competente para resolver procedimientos de declaración de nulidad de las cláusulas suelo, no dice ni que sí ni que no. Su titular sostiene que no se puede seguir un procedimiento de reclamación individual hasta que no se resuelva una demanda colectiva presentada en un Juzgado de lo Mercantil de Madrid en el año 2010 por la asociación de consumidores Adicae contra un centenar de entidades, muchas de los cuales ha desaparecido en el tsunami de las cajas.

Según explica Daniel Jubitero, abogado que representa a algunos afectados por las cláusulas, «dado el retraso en el funcionamiento de la justicia, al no existir siquiera sentencia en primera instancia y dando por supuesto que el procedimiento de Adicae, por su relevancia, será recurrido hasta el Supremo, la parálisis que sufren los casos de Valladolid puede alargarse hasta dentro de ocho años».

Pérdida de tiempo y dinero

«Mientras tanto, los consumidores perjudicados deberán seguir pagando sus cuotas con cláusula, ya que el juzgado de Valladolid, frente al criterio de todos los tribunales de España, no admite que cuando se solicite la nulidad de la cláusula se pueda solicitar la condena del banco a devolver las cantidades indebidamente percibidas. Condena así a los perjudicados a presentar obligatoriamente otro procedimiento judicial en la vía civil, con los gastos y tasas que ello conlleva, en los casos en que el banco no las paga voluntariamente», añade.

Según las apreciaciones del letrado, este «sinsentido» afecta a «cientos, por no decir miles de afectados solo en Valladolid».

Para tratar de evitar que «los afectados hayan sido desahuciados antes de obtener sentencia», Jubitero ha presentado un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Valladolid contra la resolución del titular de lo Mercantil, Javier Escarda. En ella alega que el juez condiciona sus resoluciones a un procedimiento del que la mayoría de afectados de Valladolid «no son parte» y «se saca de la manga el as de la notoriedad» del proceso de Adicae «para estimar su excepción». El abogado se queja además de que el juez no puso su criterio en conocimiento del Colegio de Abogados para al menos «evitar hacer perder el tiempo y dinero a los clientes».

En su escrito, el letrado vallisoletano reclama a la Audiencia Provincial «un ejercicio de valentía» para que evite «que las injusticias sigan siendo amparadas por recovecos legales, en claro abuso de derecho y contrario a la buena fe exigible».

Alarma en Miranda de Ebro

El Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid tramita desde hace años una demanda colectiva presentada por la asociación de usuarios de banca Adicae, en representación de cerca de 15.000 afectados, contra 101 entidades financieras por la inclusión de cláusulas suelo en sus contratos hipotecarios.

Por cierto, que esta macrodemanda también ha avivado el enfrentamiento entre asociaciones de consumidores, ya que Ausbanc ha acusado a su rival de presentarla no para beneficiar a los afectados, sino para recabar el máximo número de adheridos, sin importarle las consecuencias jurídicas posteriores.

El azar judicial muestra una más de sus caras en otra provincia de la comunidad autónoma, en este caso Burgos. De acuerdo con la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) de Miranda de Ebro, unos 70 procesos de cláusulas suelo sufrirán retrasos si se retira la competencia de los juzgados de primera instancia y son derivados al Juzgado de lo Mercantil. Al igual que en Valladolid, solo hay un juzgado de estas características en la provincia, situado en la capital burgalesa, lo que supondrá que en una única persona recaerá el trabajo que ahora se reparte entre doce.

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