Los jueces de Burgos serán los primeros de España en impedir desahucios si hay cláusulas abusivas
900 procedimientos hipotecarios en esta provincia estarían afectados por el auto de la Audiencia Provincial
M. J. PASCUAL
Miércoles, 24 de abril 2013, 14:57
La Audiencia Provincial de Burgos ha resuelto que no podrá señalarse ninguna subasta, ni celebrarse ningún lanzamiento hipotecario sin que previamente se haya analizado y valorado por el juez la posibilidad de que en la escritura de hipoteca existan cláusulas «nulas, ilícitas o abusivas». Esta decisión habilita un mecanismo jurídico-procesal para paralizar los desalojos hipotecarios, según ha adelantado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
Con este auto se determina que nadie podrá ser obligado a abandonar su vivienda sin haberse podido analizar previamente las cláusulas de la escritura de hipoteca ejecutada. La solución que establece esta sentencia armoniza el sistema hipotecario español vigente, sin perjuicio de futuras reformas legislativas, con la normativa comunitaria sobre cláusulas contractuales incluidas en las escrituras de préstamo hipotecario que pudieran ser contrarias a los derechos de los consumidores.
Para la Audiencia de Burgos, lo procedente es garantizar el principio de eficacia del Derecho Comunitario, pero en ningún caso el decaimiento del sistema hipotecario español.La Sección Segunda dicta de este modo la primera resolución España en la que se aplica la doctrina del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas derivada de la sentencia sobre los procesos hipotecarios y garantías del deudor hipotecario.
No recurrible
En la provincia de Burgos hay abiertos en la actualidad unos 900 procedimientos hipotecarios que podían verse afectados por esta resolución. El presidente de la Audiencia de Burgos Juan Miguel Carreras Maraña, es el ponente de este auto, ante el que no cabe recurso alguno, y que ha sido acordado por unanimidad de los magistrados que componen la Sala. En declaraciones recogidas por Europa Press, el magistrado Carreras explicó que en la práctica supone posibilitar un mecanismo jurídico-procesal para paralizar los desalojos hipotecarios que sienta jurisprudencia en Burgos, pero no obliga a órganos judiciales del resto de España.
Con este auto se determina que nadie podrá ser lanzado en el proceso hipotecario, es decir, obligado a abandonar su vivienda sin que un juez haya podido analizar previamente las cláusulas de la escritura de la hipoteca ejecutada.Carreras defendió la «sólida fundamentación jurídica» del auto, que ha adoptado también por «sensibilidad humana». Puntualizó asimismo que no se trata de «deslegitimar» los procedimientos de ejecución hipotecaria sino de corregir un defecto que provocaba la indefensión de los hipotecados, porque se podían ver «en la calle» sin posibilidad de defensa. Incluso ha apuntado que se podían dar casos en los que finalmente se diera la razón a la persona desahuciada cuando ya no tenía remedio, porque la vivienda era ya propiedad de un tercero.
Carreras ha insistido en que no se trata de una paralización definitiva de los desahucios ni de que se dejen de practicar, sino de una suspensión cautelar para que el juez pueda estudiar los documentos y oír a las partes, aunque si decide que todo es correcto se terminará ejecutando la hipoteca.
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