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Valladolid

Absueltos siete empresarios acusados por Hacienda de montar una red para cobrar IVA

La jueza cuestiona la labor de los inspectores que aseguraron haber detectado 2,8 millones de fraude

J. Moreno

Domingo, 15 de enero 2012, 13:37

La magistrada de lo Penal número 1 de Valladolid ha absuelto a seis empresarios y un asesor fiscal del delito de defraudación a la Hacienda pública por el que fueron acusados por la Abogacía del Estado, después de que un informe elaborado por la Agencia Tributaria les atribuyese formar parte de una «trama» cuyo objetivo era el cobro del Impuesto del Valor Añadido (IVA) generado por seis sociedades.

La Fiscalía solicitó penas que superaban los cuatro años de cárcel para cada uno, y el pago de 2,8 millones de euros que consideró era el importe de lo defraudado. Durante más de cuatro años, los procesados tuvieron embargadas sus cuentas, pisos y otros bienes para hacer frente a la deuda reclamada.

La Agencia Tributaria sostuvo, tras realizar varias inspecciones sobre sus actividades empresariales, que los acusados habían creado una red para mediante el 'sistema del carrusel' cobrar del fisco el IVA de sociedades que no tenían actividad.

Los hechos fueron enjuiciados durante tres días por la magistrada de lo Penal número 1 después de la investigación realizada por el Juzgado de Instrucción número 2 tras la denuncia que presentó la Fiscalía el 17 de octubre de 2005.

La denuncia tenía su origen en el informe de la Agencia Tributaria en el que se indicaba cuatro posibles delitos de defraudación fiscal para obtener indebidamente devoluciones del IVA generado por la venta de productos. También se llegó a acusar de un delito de falsedad en documento mercantil.

Estas operaciones arrancaron a partir de la empresa Comercial Import Export del Noroeste, constituida en Valladolid en el 2002 para la compra-venta de microprocesadores. La sentencia establece que las empresas Centra Trading, Ángel Marcos S. L., Cien S.L. Euromacos España, Artisana España e Infocomex compraban microprocesadores a empresas españolas que vendían a sociedades de otros países de la Unión Europea.

El IVA que se generaba en sus adquisiciones era solicitado para su devolución a la Agencia Tributaria a través de una asesoría fiscal. La liquidación mensual de este impuesto era comprobada, según la jueza, por el departamento de Gestión de la AEAT, que acordaba su devolución a las empresa cuando examinaba y verificaba que la documentación adjunta a la solicitud del IVA «era correcta».

De esta forma, las seis sociedades obtuvieron reintegros del impuesto soportado entre los años 2001 al 2004 de cantidades que oscilaron entre los 980.000 euros hasta 11.000 euros.

La magistrada cuestiona la actuación de los inspectores que llegaron a sostener como indicio el hecho de que los acusados tuvieran como domicilios de sus empresas Valladolid y, sin embargo, «para dificultar los controles tributarios» utilizasen una oficina de Caja España en León. La jueza recuerda que hoy en día muchas de estas operaciones se realizan por Internet.

Indicios de la Inspección pero sin pruebas

En la sentencia, la juez cuestiona los «indicios» presentados por la inspectora de la AEAT que durante el juicio sostuvo que «existía un fraude que no tiene por qué ser de carrusel». Para ello sostenía que las seis empresas tenían idéntico objeto social entre sí y domicilios tributarios en despachos de abogados, «sin que haya infraestructuras, almacenes, stocks, depósitos y transportes».

Sin embargo, la magistrada sostiene que la actividad que llevaban a cabo las seis sociedades (compra de microprocesadores que en cantidad de 288 cabían en un caja de zapatos) y operaciones realizadas a través de Internet era «no presencial» y no requiere de «una gran base física ni gran número de empleados puesto que la mercancía es de tamaño muy pequeño».

Asegura también que el hecho de que un proveedor del primer nivel de estas empresas no haya abonado el IVA no impide a las mismas que solicitar la devolución del impuesto al que tienen derecho, «puesto que ni conocen ni debían de conocer este impago».

La juez cuestiona en su sentencia a la Inspección de AEAT que resaltó que todos los acusados tuvieran entre sí vínculos profesionales y familiares, y dice que no se pueden extraer consecuencias fraudulentas de este hecho ya que es «llevarlo al extremo sin fundamento alguno».

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