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Lorenzo Rodríguez./ L. CALLEJA
Denuncian que la hermana del alcalde de Toro es la interventora municipal
TORO

Denuncian que la hermana del alcalde de Toro es la interventora municipal

M. J. C.

Jueves, 1 de octubre 2009, 03:09

El grupo municipal socialista denuncia que el alcalde de Toro, Jesús Sedano, nombró el pasado mes de agosto como interventora municipal a su hermana, «sin respetar el procedimiento legalmente establecido» y que, desde hace cuatro años, el puesto de tesorero accidental lo ocupa un administrativo que además es delegado de personal y «destacado representante de un sindicato».

El portavoz del Partido Socialista, Lorenzo Rodríguez justificó esta denuncia en que «ninguna de las dos personas nombradas con ese carácter de accidentalidad tienen la titulación académica requerida». Destacó Rodríguez que, tanto la interventora como el tesorero accidentales perciben una de las más altas retribuciones que abona el Ayuntamiento ya que «solo el complemento específico retributivo de la interventora accidental es de 18.747 euros anuales», mientras que el caso del tesorero «es aún más escandaloso, porque tiene el complemento más alto del Ayuntamiento, cifrado en 19.364 euros, siendo incluso superior al de la secretaria general». Pero a estos complementos específicos, precisó, habría que sumar otros conceptos retributivos como el sueldo, los trienios, horas extraordinarias o asistencia a reuniones para la selección y contratación de personal.

Por otra parte, el portavoz de la oposición recordó que al interventor de cualquier Administración le corresponde la «importantísima» función de fiscalizar y controlar todos aquellos actos que reconozcan derechos de contenido económico por lo que su cometido sería el de «asegurar que las decisiones del Ayuntamiento de contenido económico se toman respetando las leyes vigentes».

El PSOE considera que el alcalde «puede haber incurrido en ilegalidad con estos nombramientos accidentales» porque ambos puestos de trabajo están reservados por Ley a funcionarios con habilitación nacional y este tipo de nombramientos tienen «sólo puede utilizarse cuando previamente se haya intentando la cobertura de vacantes».

Para los socialistas, "el alcalde no lo ha solicitado, porque parece imposible que después de cuatro años, en el caso del tesorero, no se hayan cubierto esas plazas». En el caso de que se confirmase la inexistencia de ese informe previo, «los nombramientos estarían viciados de nulidad por haber prescindido del procedimiento legalmente establecido».

Abstención

En el caso del nombramiento de la interventora, el alcalde «debería haberse abstenido, a tenor de lo establecido en el artículo 28 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, donde se señala como causa de abstención el tener parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo con cualquier de los interesados».

Rodríguez acusó a Sedano de «gestionar el personal como si el Ayuntamiento fuese su empresa privada, con desprecio a los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad, transparencia y publicidad».

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